¿Qué es el reparto?

Es la distribución del fondo común entre los afiliados con domicilio real en cada circunscripción judicial y de acuerdo a los ingresos de cada circunscripción en períodos no mayores a seis meses. (Ley 869 – art 10º inc. b)

¿Qué se reparte?

El 70% de lo recaudado en el período. (Ley 869 – art 15º inc. a)

¿Cómo se reparte? (Ley 869 art. 17º)

  • El 40% en razón del monto de los aportes del afiliado (proporcional)
  • El 30% en razón de los años calendarios completos por antigüedad de cada beneficiario en el ejercicio profesional dentro de la provincia con un máximo de 20 años. (antigüedad)
  • El 30% restante por partes iguales y entre todos los participantes que tengan como mínimo 1 año de antigüedad. (igualitario)

Requisitos para ingresar. (Ley 869 art. 33º)

  • Tener domicilio real dentro de la provincia con un mínimo de un año.
  • Estar afiliado a Caja Forense.
  • Estar inscripto en la matrícula de profesionales.
  • Haber participado como patrocinante o apoderado en como mínimo 3 expedientes.
  • Cumplir el mínimo exigido según antigüedad, recuerde que para el cálculo del mínimo no se considera el 50% reintegrado por trámites sucesorios.

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