¿Qué es el reparto?
Es la distribución del fondo común entre los afiliados con domicilio real en cada circunscripción judicial y de acuerdo a los ingresos de cada circunscripción en períodos no mayores a seis meses. (Ley 869 – art 10º inc. b)
¿Qué se reparte?
El 70% de lo recaudado en el período. (Ley 869 – art 15º inc. a)
¿Cómo se reparte? (Ley 869 art. 17º)
- El 40% en razón del monto de los aportes del afiliado (proporcional)
- El 30% en razón de los años calendarios completos por antigüedad de cada beneficiario en el ejercicio profesional dentro de la provincia con un máximo de 20 años. (antigüedad)
- El 30% restante por partes iguales y entre todos los participantes que tengan como mínimo 1 año de antigüedad. (igualitario)
Requisitos para ingresar. (Ley 869 art. 33º)
- Tener domicilio real dentro de la provincia con un mínimo de un año.
- Estar afiliado a Caja Forense.
- Estar inscripto en la matrícula de profesionales.
- Haber participado como patrocinante o apoderado en como mínimo 3 expedientes.
- Cumplir el mínimo exigido según antigüedad, recuerde que para el cálculo del mínimo no se considera el 50% reintegrado por trámites sucesorios.
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